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Fases del concurso de acreedores

fases del concurso de acreedores

Las fases del concurso de acreedores, es lo que conocemos como los distintos momentos que se podrían dar en el desarrollo de un concurso de acreedores, y que de forma ordenada podríamos identificar de la siguiente forma: fase común, fase de convenio, fase de liquidación y fase de calificación del concurso.

La principal finalidad de la declaración del concurso es la viabilidad futura de la empresa, se trata de “enderezar el rumbo” para que vuelva la solvencia económica y evitar su liquidación. A su vez, ese objetivo de solvencia no impide cumplir con otro de los pilares fundamentales del concurso, esto es, que los acreedores en la medida de lo posible puedan cobrar.

Las formas que pueden dar lugar al inicio del concurso de acreedores son dos, ya que el concurso puede (y debe si concurren circunstancias de insolvencia), declararse voluntariamente por el deudor o puede ser activado por parte de los acreedores. El primero se conoce como concurso voluntario y el segundo como concurso necesario.

En este sentido, los empresarios deben ser conocedores de la obligación legal (art. 5 de la Ley Concursal) de declarar voluntariamente el concurso cuando estén en situación de poder conocer que su empresa tiene dificultades para cumplir regularmente con los pagos.

Es recomendable que se haga así, ya que de no hacerlo corre el riesgo de que en el concurso sea declarado culpable, lo que pondría en riesgo su patrimonio personal más allá del patrimonio de su empresa.

Volviendo con las fases del concurso, pasamos a exponer de forma breve y simple cada una de ellas:

  • Fase Común: en esta fase se nombra al Administrador Concursal quien vigilará el proceso para aportar a su correcto desarrollo, y puede que intervenga al concursado. Es aquí cuando los acreedores deben comunicar sus créditos, y el Administrador Concursal elaborará el informe en el que determinará el pasivo y activo y clasificará los créditos comunicados.
  • Fase de convenio: se intentará alcanzar acuerdos con los acreedores en busca de la satisfacción de los créditos, pero en equilibrio con propuestas que permitan a la empresa concursada hacer frente a ello a la vez que se sanea su estado de insolvencia. En este parte se propondrá la aplicación de quitas (reducciones) o esperas (aplazamientos) sobre la deuda en condiciones que permitan su cumplimiento de forma razonable al deudor. Las propuestas se valorarán y se someterán a votación en lo que se conoce como la Junta de acreedores. Si hay acuerdo sobre alguna propuesta, se presentará ante el Juez del concurso y éste la podrá aprobar, y si fuera así la concursada podrá continuar con su actividad pero cumpliendo con la propuesta de pagos aprobada. Si no hubiera acuerdo, el concurso sigue avanzando en sus fases.
  • Fase de liquidación: se da cuando termina la fase de convenio sin que se apruebe ninguna propuesta o sin que se haya presentado ninguna. También se da cuando se incumple por el concursado la propuesta que fue aprobada. El deudor concursado en cualquier momento, si lo estima conveniente, puede solicitar la apertura de esta fase. Normalmente ocurrirá si la empresa encuentra dificultades para proseguir con la actividad. En esta fase, el Administrador concursal directamente pasará a gestionar y administrar la sociedad. Esta fase finalizará con la venta de todos los bienes del deudor concursado, para con ello poder pagar en la medida de lo posible a los acreedores. Estos cobrarán en función de la clasificación de sus créditos (privilegiados, especiales o generales, ordinarios y subordinados).
  • Fase de calificación: será aquí cuando el Juez valorará el comportamiento de la empresa concursada, estudiará si su negligente gestión y administración ha derivado la situación de insolvencia o si se ha agravado. Por eso insistimos en lo que antes adelantábamos, cuando el empresario tenga conocimiento de que tiene problemas para pagar ha de ser proactivo y responsable, asesorándose con un buen abogado concursal que estudie su situación y si corresponde, le aconseje y guíe para declarar de forma voluntaria el concurso antes de que quien lo pida sea un acreedor.

Hay que ser conscientes y actuar con diligencia para evitar las consecuencias de la declaración culpable, ya que introduce riesgos sobre el patrimonio personal de los administradores y socios. Además, pueden ser condenados con otras sanciones o inhabilitaciones. Por todo esto, es muy importante contar con un abogado especialista en derecho concursal, que te guíe y sepa asesorarte para que puedas gozar de seguridad y tranquilidad en el proceso, que analice correctamente la situación desde el inicio y proyecte una correcta estrategia para el buen desarrollo del concurso. De esta manera, se protegen los intereses y derechos de los administradores societarios y socios de la empresa concursada, evitando la calificación culpable del concurso.

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