Los autónomos societarios tienen derecho a la tarifa plana desde el año 2020, después de que el Tribunal Supremo obligará a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) a extender la tarifa plana para estos autónomos.
Como este criterio es relativamente nuevo, la finalidad es vincular al beneficiario con la destacada bonificación de la cuota otorgada por la Seguridad Social. Aunque los autónomos societarios ya pueden beneficiarse de la tarifa plana, existen diferencias que deben ser explicadas detalladamente.
Autónomo Societario
Un autónomo societario es el individuo que ha constituido una empresa. Dependiendo de su participación y el cargo que ejerza en la sociedad mercantil tiene que darse de alta como autónomo en la Seguridad Social.
Requisitos para que un trabajador sea considerado autónomo societario
- El socio tiene que tener el control efectivo y a su vez ser administrador de la empresa, asumiendo el cargo de forma activa y ejerciendo labores de gerencia y dirección.
- Si el socio con control es administrador, pero únicamente ejerce actuaciones pasivas, sólo cotiza como autónomo societario si percibe remuneración por su trabajo en la sociedad.
- Si el socio no es administrador solo cotiza en el RETA si trabaja para la empresa.
- Si el socio ni es administrador ni recibe remuneración por no trabajar en la empresa no debe cotizar en el RETA.
Qué es la tarifa plana para autónomos societarios
La tarifa plana es una reducción de la cuota a pagar, con el fin de disfrutar una bonificación durante 24 meses por ser autónomo en la Seguridad Social. Esta tarifa hará que el autónomo disfrute de al menos 24 meses, los cuales:
Los primeros 12 meses se pagarán 60 euros si se escoge la cotización mínima de 944,40 euros y luego los 6 meses siguientes se pagará solo el 50% de la cuota de autónomos. Por último, en los 6 meses restantes se aplicará una bonificación del 30% con el objeto de calcular el importe de la cuota de los autónomos.
Requisitos necesarios para la tarifa plana en 2022
- Que sea la primera vez que se da de alta el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
- Que haya pasado un tiempo de dos años desde la última vez que estuvo de alta.
- No tener deudas con la Seguridad Social.
Cuota del autónomo societario en el año 2022
La diferencia entre la tarifa de un autónomo general y la de un autónomo societario radica en la base de cotización. Los autónomos que escojan la base mínima de cotización de 960,70 euros tendrán que pagar una cuota de 293,94 euros. En este caso, durante los 12 primeros meses su tarifa plana será de 60 euros. Una vez transcurrido este tiempo, 6 meses después tendrá una reducción del 50% y los últimos 6 meses la bonificación será del 30%.
Para aquellos autónomos societarios, cuya base mínima de cotización sea de 1.234,86 euros su tarifa plana será de 85 euros durante los 12 primeros meses, 6 meses después se le aplicará una reducción del 50% y por último una bonificación del 30% sobre la cuota a ingresar.
¿Cómo darse de alta en RETA?
Debes comunicar tu alta a la Tesorería General de la Seguridad Social. Los trámites en cuanto a la afiliación, cotización y la recaudación de cuotas se pueden realizar de forma online. Así lo establece la Orden Ministerial ESS/214/2018, de 1 de marzo.
Reclamación por la tarifa plana para autónomos societarios
Como se menciona al principio del texto, la aprobación de la tarifa plana para autónomos societarios fue a partir del año 2020, antes de dicho año solo era posible para los autónomos generales. Sin embargo, existen casos en los que a partir de ese año algunos autónomos societarios no pueden beneficiarse a pesar de cumplir con todos los requisitos exigidos por la ley.
Debido a esto, todos los autónomos societarios pueden reclamar los ingresos indebidos a la tesorería de la Seguridad Social si 4 años antes le hubiesen negado la bonificación. Pueden llegar a beneficiarse hasta por un monto de 5.000 euros.
Los autónomos societarios tienen derecho a la tarifa plana
Estos autónomos tienen derecho a la tarifa plana desde el año 2020 y también los que hayan cumplido con todos los requisitos a partir del año 2016 porque este derecho también tiene carácter retroactivo. Asimismo, también tienen el derecho de solicitar la devolución de las cuotas.